Finalidad
Las subvenciones que se concedan irán destinadas a:
1º.- Apoyo al movimiento asociativo y fomento de la participación social:
Apoyo al normal funcionamiento de las entidades, en lo que se refiere a gastos corrientes de personal, alquiler, suministro de electricidad y agua, teléfono y fax, mantenimiento de equipos informáticos, adquisición de material fungible y difusión de la entidad (elaboración de material publicitario).
No se contemplan los gastos de inversión: adquisición de mobiliario, de equipos informáticos, de equipos audiovisuales, electrodomésticos y/o de telefonía móvil. Estos gastos no serán considerados en la valoración de la subvención solicitada y, por tanto, no serán aceptados en la subvención solicitada y, por tanto, no serán aceptados en la posterior justificación.
2º.- Diseño, desarrollo y ejecución de programas y proyectos sociales propios de la entidad:
Apoyo a los gastos derivados de la implementación de un programa y/o proyecto propio de la asociación, siempre que éste forme parte del plan general y anual de acción de la entidad.
Serán gastos subvencionables los originados directamente por la ejecución del programa o proyecto presentado: personal, material fungible y mantenimiento de las instalaciones donde se desarrolla el programa o proyecto.
Cuantía: 530.000€
Plazo de presentación de solicitudes: Se podrán presentar las solicitudes desde el 21de julio al 21 de agosto de 2010.
Publicación en el BOP Nº 136 de 20 de julio de 2010
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