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Ayudas al alquiler de vivienda 2021

La Consellería de Vivienda ha publicado las ayudas de alquiler de vivienda 2021 dirigidas a  personas físicas inquilinas para el pago del alquiler de su vivienda habitual ubicada en la Comunidad Valenciana.

Permite obtener hasta el 50% del precio del alquiler, cuando se cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria, para el pago de los recibos del año 2021.

Solicitantes

Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas contempladas en este Programa las personas físicas mayores de edad que reúnan todos y cada uno de los requisitos siguientes:

Requisitos

– Es un requisito obligatorio que en la solicitud se indique que el programa, al que se acoge la solicitud presentada, es el Programa de Ayuda al Alquiler para Viviendas.

– Poseer la nacionalidad española o en el caso de las personas extranjeras deberán tener residencia legal en España. Todos los miembros de la unidad de convivencia deberán cumplir esta condición en el momento de la solicitud.

– Ser titular, en calidad de persona arrendataria, de un contrato de arrendamiento de vivienda formalizado en los términos de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

-Que la vivienda arrendada constituya la residencia habitual y permanente de la persona arrendataria o unidad de convivencia, lo que deberá acreditarse mediante certificado o volante de empadronamiento en el que consten, a fecha de la solicitud, las personas que tienen su domicilio habitual en la vivienda objeto del contrato de arrendamiento. La vivienda constituirá domicilio habitual y permanente durante todo el periodo por el que se conceda la ayuda.

– Que la suma de los ingresos de las personas que integran la unidad de convivencia, consten o no como titulares del contrato de arrendamiento, sean iguales o inferiores a 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
Dicho umbral será de 4 veces el IPREM si se trata de una familia numerosa de categoría general o de personas con discapacidad y de 5 veces el IPREM cuando se trate de familias numerosas de categoría especial o de personas con discapacidad de alguno de los siguientes tipos:

i) personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental, personas con discapacidad intelectual o personas con discapacidad del desarrollo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por 100 o

ii) personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por 100.

– Que la vivienda objeto del contrato de arrendamiento lo sea por una renta igual o inferior a los límites establecidos, en función de la localidad de emplazamiento de la vivienda.

 Cuantía de la ayuda

La cuantía de la subvención podrá alcanzar hasta el 40 por 100 de la renta de alquiler.

Excepcionalmente, si la persona solicitante y todos los miembros de la unidad de convivencia, tienen más de 65 años en el momento de presentar la solicitud, esta ayuda podrá alcanzar hasta el 50 por 100 de la renta de alquiler.

Las ayudas se concederán por un plazo de un año, que coincidirá con el año natural 2021.

Plazos de presentación

AMPLIACION DE PLAZO HASTA EL 15 DE JULIO INCLUSIVE

El plazo para presentar la solicitud se iniciará el día siguiente a la publicación de la Resolución de la convocatoria (DOGV núm. 9103, de 09.06.2021), se podrán presentar las solicitudes desde el 10 de junio de 2021 al 8 de julio de 2021, ambos incluidos.

Tramitación

Presencial

Para aquellos casos que lo requieran, se podrá facilitar ayuda para la cumplimentación de la solicitud por parte de los Servicios Territoriales de Vivienda, SIEMPRE con cita previa que se puede solicitar a través del teléfono de información de la Generalitat 012 (o 963 86 60 00) o a través del siguiente enlace:

Para solicitar CITA PREVIA en la Dirección Territorial de ALICANTE

Por internet: Tramitar con certificado electrónico

 Más información:

Detalle procedimiento

Ayudas alquiler 2021

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