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Ayudas para estancias vacacionales de personas con diversidad funcional 2022

Es objeto de subvención la realización de estancias vacacionales que estén dirigidas a personas con diversidad funcional durante el año 2022.

La duración de la actividad objeto de subvención será de un máximo de diez días (nueve noches).

Solicitantes

Pueden solicitar las subvenciones las organizaciones o entidades privadas sin ánimo de lucro, que desarrollen estancias vacacionales para personas con diversidad funcional.

Requisitos

  1. Podrán ser beneficiarias las entidades sin ánimo de lucro que promuevan el desarrollo de programas de estancias vacacionales para personas con diversidad funcional, que se encuentren inscritas en el Registro de Entidades Titulares de Actividades de Acción Social, en el sector correspondiente a personas con diversidad funcional, que tengan entre sus fines sociales, recogidas expresamente en sus estatutos, la realización de actividades a favor de las personas con cualquier tipo de diversidad funcional o la promoción de los derechos de las mismas.
  2. Las entidades que concurran a la convocatoria anual de estas subvenciones deben acreditar que disponen de estructura, medios materiales y personales suficientes para garantizar el cumplimiento de las finalidades del programa de estancia vacacional, a través de la correspondiente memoria, y poder acreditar la experiencia y capacidad operativa que resulte necesaria para conseguir los objetivos propuestos en el programa.
  3. Las condiciones para ser entidad beneficiaria deben ser previas a la fecha de finalización del plazo para la presentación de las solicitudes y debe mantenerse durante todo el período de ejecución de la actividad subvencionada.

Cuantía de la ayuda

  1. Para determinar el importe de las subvenciones se utilizará el criterio de valoración del coste plaza/día, de acuerdo con los módulos que se fijan a continuación:Estancias vacacionales destinadas a personas cuyo grado de discapacidad sea Módulo (importe de/persona)
    Igual o superior al 33% 33 €Igual o superior al 65% 40 €

    Igual o superior al 75% 50 €

    2. El importe de la subvención se determinará en función del número de usuarios de la actividad, los módulos económicos y especificidades señalados en este apartado, el límite máximo de los créditos disponibles y la consignación presupuestaria establecida para esta convocatoria.

    3. El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos de la entidad, para la misma finalidad, supere el coste de la actividad subvencionada.

    4. El pago de la subvención para la realización de estancias vacacionales para personas con diversidad funcional se realizará de acuerdo con el régimen previsto para el pago de los servicios sociales especializados en la Ley de Presupuestos de la Generalidad para el ejercicio 2022 o, en ausencia de éste, en base al régimen general previsto en la ley 1/2015 de, 6 de febrero de la Generalidad, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones.

Plazo de presentación

El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación al de la publicación de la resolución en el DOGV núm. 9257, de 17.01.2022El plazo es desde el 18 de enero hasta el 17 de febrero de 2022.

Más información: Detalle del procedimiento

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