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Ayudas personales de promoción de la autonomía personal para personas con diversidad funcional 2020

Se consideran como ayudas personales de promoción de la autonomía personal:

a) Adquisición de ayudas técnicas y productos de apoyo.
b) Ayuda destinadas a la eliminación de barreras arquitectónicas en el interior de la vivienda y la adaptación funcional del hogar.
c) Ayuda para la adaptación de vehículos.
d) Ayudas de transporte para la asistencia a tratamientos y centros asistenciales.

Interesados/Solicitantes

Pueden solicitar las ayudas las personas físicas que tengan la condición legal de persona con discapacidad o diversidad funcional residentes en la Comunitat Valenciana.

La ayuda podrá ser solicitadas por la propia persona interesada, por su representante legal o, en su caso, guardador de hecho.

Requisitos

1. Tener reconocida la condición legal de persona con discapacidad.
2. Tener su residencia legal en un domicilio sito en un municipio de la Comunitat Valenciana.
3. Ser menor de 65 años.
4. Tener una renta individual o per cápita familiar inferior al triple del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para el ejercicio anterior al de la convocatoria.
5. Que existan deficiencias de carácter motor o sensorial en el solicitante que supongan una pérdida de autonomía, le impidan o dificulten su movilidad o comunicación a través de medios normales.

En el caso de ayudas de transporte, además, es preciso:
a) Tener reconocida la condición de persona con discapacidad con movilidad reducida.
b) No estar comprendido en el campo de aplicación del sistema de la Seguridad Social por no desarrollar actividad laboral.
c) No tener reconocido el subsidio de movilidad y compensación por gastos de transporte.

Cuantía de la ayuda

1. La cuantía máxima de la ayuda no podrá ser superior al coste de la acción, ni superar los módulos económicos máximos siguientes:

A) Adquisición de ayudas técnicas y productos de apoyo
1. Sillas de ruedas con motor eléctrico: 2.100 euros
2. Grúa hidráulica / eléctrica: 1.350 euros
3. Audífonos: 1.200 euros
4. Otros productos y ayudas técnicas: 1.600 euros

B) Ayudas destinadas a la eliminación de barreras arquitectónicas en el interior de la vivienda y la adaptación funcional del hogar
1. Adaptaciones en el cuarto de baño: 2.800 euros
2. Eliminación de barreras en el interior de la vivienda: 4.000 euros

C) Adaptación de vehículo de motor: 1.500 euros

D) Ayudas de transporte para la asistencia a tratamientos y centros asistenciales: 60 euros /mes – 720 euros /año

2. La cuantía de la subvención se determinará en función de la puntuación obtenida por las solicitudes y de acuerdo con los porcentajes máximos que a continuación se señalan
90 o más puntos: 90%
85 a 89 puntos: 85%
80 a 84 puntos: 80%
75 a 79 puntos: 75%
70 a 74 puntos: 70%
65 a 69 puntos: 65%
60 a 64 puntos: 60%

3. Se exceptúa de lo previsto en el apartado anterior, las ayudas de transporte para la asistencia a tratamientos y centros asistenciales, que se concederán conforme al módulo económico máximo mensual, por los meses que se establezca.

Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOGV núm 8723, de 22.01.2020

Más información: detalle del procedimiento

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