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Convocatoria de Ayudas a proyectos sociales Fundación MAPFRE
Fundación MAPFRE, de acuerdo con su objetivo de contribuir al desarrollo y progreso de la sociedad mediante acciones destinadas a la mejora de las condiciones de vida de las personas y grupos más desfavorecidos, promueve en 2019 a través de su Área de Acción Social, la Convocatoria de Ayudas a Proyectos Sociales.
A través de esta Convocatoria, Fundación MAPFRE apoyará y financiará proyectos de entidades sociales sin ánimo de lucro que desarrollen acciones de integración para colectivos en riesgo de exclusión social que contribuyan a mejorar calidad de vida y que promuevan la participación del voluntariado de Fundación MAPFRE en su actividad.
Colectivos y tipología de los proyectos a presentar a la convocatoria Los proyectos presentados a esta Convocatoria deberán dirigirse a colectivos vulnerables y sus fines deberán seguir las siguientes líneas de actuación: nutrición, salud, educación, empleo e inclusión social.
Quedan excluidos de la presente Convocatoria:
Los proyectos de infraestructuras que supongan inversión en inmuebles (adquisición,construcción o reforma).
Los proyectos de patrocinio.
Los proyectos dirigidos a actos puntuales (publicaciones, estudios, seminarios, etc.).
Los proyectos que no se dirijan a colectivos vulnerables y no se centren en las líneas de actuación indicadas.
El proyecto deberá desarrollarse exclusivamente dentro del territorio de la demarcación por la que se solicite la ayuda y siempre dentro del periodo comprendido entre el 1 de junio de 2019 y el 31 de mayo de 2020, siendo imprescindible iniciar las actividades en el ejercicio 2019.
El plazo máximo de ejecución del proyecto será de 12 meses.
Plazo y presentación de los proyectos
El plazo de presentación de los proyectos comenzará el 12 marzo de 2019 y finalizará el 12 de abril de 2019 a las 23:59 horas.
Aportación de Fundación MAPFRE
La ayuda solicitada a Fundación MAPFRE y, en su caso, concedida por esta última no podrá superar los 6.000 € por proyecto. La ayuda concedida no será nunca de mayor importe que la solicitada, pero sí podrá ser inferior.
Los recursos aportados al proyecto por otras instituciones, entidades o por la propia entidad gestora deberán ser acreditados fehacientemente (punto 10 de estas bases).
Se consideran gastos financiables a efectos de esta convocatoria los costes relacionados directamente con el desarrollo del proyecto:
Costes de personal.
Materiales y suministros.
Equipamiento.
Gastos administrativos y de gestión directamente relacionados con el proyecto siempre que no superen el 5% de la ayuda solicitada.
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