Complemento para titulares de pensión no contributiva que residan en viviendas alquiladas
REQUISITOS
Podrán ser beneficiarias de este complemento las personas que reúnan, a la fecha de la solicitud, los siguientes requisitos:
• Tener reconocida una pensión de jubilación o invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, en la fecha de la solicitud y en la de resolución.
• Carecer de vivienda en propiedad.
• Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda.
• No tener con la persona arrendadora de la vivienda alquilada relación conyugal o de parentesco hasta el tercer grado ni constituir con aquél una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal.
• Tener fijada su residencia, como domicilio habitual, en una vivienda alquilada. Se entenderá que es el domicilio habitual cuando la vigencia del arrendamiento no sea inferior a un año y haya residido en la misma durante un período mínimo de 180 días anteriores a la fecha de la
solicitud.
Si en la misma vivienda alquilada conviven dos o más personas que tuvieran reconocida una PNC, sólo tendrá derecho a este complemento aquel o aquella que sea titular del contrato de arrendamiento o, de ser varias personas, la primera de ellos.
SOLICITUD DEL COMPLEMENTO
El plazo de solicitud de este complemento finalizará el 31/12/2020.
CUANTÍA
La cuantía anual del complemento asciende a 525€ al año.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Registro de la Dirección Territorial de Igualdad y Políticas Inclusivas C/ del Teatro, 37 – Alicante