Buscar
Buscar

Prestaciones económicas individualizadas para la supresión de barreras arquitectónicas para personas mayores 2019

Se comprenden en el objeto de esta subvención todas aquellas subvenciones para la eliminación de barreras arquitectónicas existentes en la vivienda propia o en el edificio de la persona mayor que obstaculizan su movilidad, incluyendo aquellas transformaciones o reformas que contribuyen a evitar los obstáculos y a facilitar la movilidad.

Solicitantes

Podrán ser beneficiarios las personas solicitantes que reúnan los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de 60 años.

b) Que existan deficiencias de carácter motor o sensorial en el solicitante que le impidan o dificulten su movilidad a través de medios normales.

c) Que la solicitud esté referida a elementos relacionados con las necesidades de accesibilidad y comunicación, siendo excluidos los que signifiquen una mejora en el hogar/edificio que no esté directamente relacionada con los impedimentos físicos y/o sensoriales.

d) Idoneidad de lo solicitado para cubrir la necesidad que requiere el sujeto, que se acreditará a través de los informes médico y social exigidos en la correspondiente convocatoria.

El cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente artículo para poseer la condición de beneficiario vendrá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Documentación se debe presentar

La documentación a aportar por los interesados es la siguiente:

a) Solicitud según modelo oficial que figura en el anexo II de esta convocatoria, suscrita por el beneficiario o por su representante, debidamente cumplimentada en su totalidad.

b) Autorización expresa a la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, incluida en el Anexo IV de la solicitud, para que esta compruebe los datos de identidad del solicitante y de los demás miembros de la unidad familiar y, en su caso, de residencia. En el caso de que la unidad familiar esté compuesta por más de un miembro, deberá presentarse el indicado Anexo IV suscrito por cada uno de los miembros que la componen.

No obstante:

– Si de la comprobación efectuada resultara alguna discordancia con los datos facilitados por el propio interesado, el órgano instructor estará facultado para realizar las actuaciones procedentes para aclararla.

– Si el solicitante no presta su consentimiento, deberá aportar fotocopia compulsada del documento nacional de identidad, pasaporte o número de identificación de extranjero, según proceda.

c) Certificado de convivencia emitido por el Ayuntamiento de residencia.

d) Autorización expresa a la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, incluida en el apartado D del Anexo II de la solicitud, para poder acceder a los datos personales del solicitante y de los demás miembros de la unidad familiar, obrantes en los ficheros de las administraciones tributarias y de la Seguridad Social, a los únicos efectos de comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos en la presente convocatoria. En el caso de que la unidad familiar esté compuesta por más de un miembro, deberá firmarse el indicado Anexo por cada uno de los miembros que la componen.

e) Declaración responsable de no estar incurso en prohibición alguna para obtener la condición de beneficiario, señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE 276, 18.11.2003) y del cumplimiento de obligaciones de reintegro de subvenciones que, en su caso, se le hubiesen exigido, incluida en el apartado «C» de la solicitud. En caso de que no se preste consentimiento, deberá presentarse fotocopia compulsada de la última declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) referida a los ingresos de la unidad familiar, o, en su defecto, deberá aportar certificado negativo de declaración y certificado acreditativo de la pensión recibida por el solicitante.

f) Informe médico sobre la situación del solicitante o certificado de discapacidad.

g) Informe social.

h) Presupuesto de las adaptaciones a realizar.

i) Justificación de la propiedad de la vivienda o la autorización del propietario para realizar las reformas.

j) Permisos municipales, en su caso.

k) Modelo de domiciliación bancaria debidamente cumplimentado, según modelo del anexo III de esta convocatoria.

Plazos de presentación

Para prestaciones económicas individualizadas el plazo comprenderá desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución el DOGV núm. 8469, de 22.01.2019, hasta el 31 de octubre de 2019.

 

Detalle del procedimiento

Loading