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Programa de Termalismo Valenciano

Solicitud de estancias en balnearios de la Comunidad Valenciana: Programa de Termalismo Valenciano.

 

 


Solicitantes

a) Personas de 65 años o más.
b) Personas de 60 años o más, pensionistas del Sistema de Seguridad Social o de clases pasivas.
c) Personas de 60 años o más con discapacidad que, según lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, tengan una discapacidad igual o superior al 33%, acreditado con un certificado. En el supuesto de que estas personas precisen la ayuda de un acompañante, será necesario presentar un certificado de discapacidad donde conste un grado igual o superior al 65%.
No será necesaria la presentación de los mencionados certificados si tienen el grado de discapacidad reconocido en la Comunitat Valenciana.
d) Podrán asistir los cónyuges o parejas de hecho de los solicitantes, siempre que sean mayores de 50 años y cumplan los requisitos establecidos en el artículo 6 de las bases.
e) También podrán participar en el programa los/las hijos/as de las personas beneficiarias recogidos en los apartados anteriores, siempre que sean discapacitados en un grado igual o superior al 33%, resulte imposible que queden al cuidado de otras personas y dependan de sus padres para su desempeño en la vida diaria. En todo caso irán acompañados y compartirán habitación con sus padres.
El cumplimiento de estas condiciones vendrá referido al momento de presentación de la solicitud correspondiente.

Requisitos

a) Estar empadronado en cualquiera de los municipios que integran la Comunitat Valenciana.
b) Precisar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la recepción de los mismos.
c) Poder valerse por sí mismos para las actividades de la vida diaria.
d) No padecer trastornos mentales o de conducta que puedan alterar la normal convivencia de los usuarios en los establecimientos hoteleros y termales, ni enfermedad infecto contagiosa.
A tales efectos, dicha limitación se entenderá referida únicamente a procesos agudos de las indicadas enfermedades infecto-contagiosas, o de trastornos mentales o de conducta que puedan alterar la normal convivencia de los usuarios en los establecimientos hoteleros y termales.
Las personas con discapacidad, acudirán con su acompañante a fin de que este le ayude a realizar tales actividades.

Plazo de presentación

1. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y hasta el 31 de octubre de 2020. (DOGV nº 8717 de 15/01/2020)

2. Sin perjuicio de que los solicitantes puedan formular su solicitud en los plazos y términos establecidos anteriormente, con la finalidad de simplificar trámites, se remitirán comunicaciones singulares a todos los solicitantes que, reuniendo los requisitos de la convocatoria del año anterior, sus expedientes estén completos. El plazo de presentación para estas solicitudes precumplimentadas finalizará igualmente el 31 de octubre de 2020 para cualquier fecha de disfrute de la estancia.

Más información: Detalle del procedimiento

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