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Subvenciones para la atención de personas afectas de Parkinson y sus familias

Parkinson y sus familias

Subvenciones destinadas a financiar acciones y programas de actuación para la atención y cuidado de las personas afectas de Parkinson y de sus familias, en la Comunitat Valenciana

⭕️ Objeto:
La Conselleria de Sanidad universal y Salud Pública de la Generalitat Valenciana convoca, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para la financiación de acciones y programas de actuación en el ámbito de la Comunitat Valenciana destinadas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro de pacientes de Parkinson, y de sus familias, las de voluntariado sanitario o aquellas cuyo fin sea la mejora de la calidad de vida de los pacientes, y las organizaciones no gubernamentales sin ánimo de lucro, para la atención y cuidado de las personas afectas de Parkinson y de sus familias, a desarrollar durante el año 2023 en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, no obstante queda supedita a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos de la Generalitat para 2023.

⭕️ Beneficiarias/os:
Podrán solicitar las subvenciones las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro de pacientes de Parkinson, y de sus familias, las de voluntariado sanitario o aquellas cuyo fin sea la mejora de la calidad de vida de los pacientes, y las organizaciones no gubernamentales sin ánimo de lucro, legalmente constituidas que desarrollen acciones o programas de actuación orientados a la atención y cuidado de las persona afectas de Parkinson y de sus familias que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

⭕️ Requisitos:
-Las entidades sin fin de lucro deberán disponer de una sede central o delegación permanente en la Comunitat Valenciana, entendiéndose como tal la presencia física con domicilio social en la misma, comprometiéndose desde ésta a gestionar y dirigir los programas financiados por la Generalitat.

-No podrán obtener la condición de entidad beneficiaria de las subvenciones reguladas en esta orden, las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en los artículos 18 y concordantes del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

-En concreto, no podrán obtener la condición de beneficiario las personas o entidades que no se hallen al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como aquellas que no se hallen al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

⭕️ Importe:
La presente convocatoria de subvenciones se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 10.02.91.412.22.4, línea S4545000, de los presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2023, con un crédito máximo de ciento ochenta mil euros (180.000,00 euros).

⭕️ Plazo de presentación/solicitud: 10-03-2023 – 30-03-2023

El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. 2023_2511.pdf (gva.es)

📍 Más información: Detalle del procedimiento

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