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Subvenciones para programas sociales con cargo al 0,7% del IRPF – Convocatoria 2023

Subvenciones para programas

Subvenciones para programas sociales con cargo al 0,7% del IRPF – Convocatoria 2023

Convocatoria de subvenciones dirigidas a la realización de programas de interés general para atender a fines de carácter social con cargo al tramo autonómico de la asignación tributaria del 0,7 por 100 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en la Comunitat Valenciana.

Se ha publicado la RESOLUCIÓN de 2 de junio de 2023, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan para el ejercicio 2023 las subvenciones dirigidas a la realización de programas de interés general para atender a fines de carácter social con cargo al tramo autonómico de la asignación tributaria del 0,7 % del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

La finalidad de las subvenciones que se convocan es financiar los programas de interés general para atender fines de interés social destinados a cubrir las necesidades específicas de asistencia social dirigidas a la atención de las personas en situación de pobreza y exclusión social o que se encuentren en otras situaciones de especial vulnerabilidad en la Comunidad Valenciana.

⭕️ Requisitos

Los requisitos que han de cumplir las entidades beneficiarias:

a) Tener sede o delegación permanente en la Comunidad Valenciana.
b) Carecer de fines de lucro.
c) Tener fines institucionales adecuados recogidos en sus estatutos para la realización de los programas.
d) Estar legalmente constituida al menos con dos años de antelación a la fecha de publicación de la convocatoria de subvenciones.
e) Estar debidamente inscritas en el correspondiente registro administrativo dentro del plazo de presentación de las solicitudes de subvención.
f) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Generalitat y el Estado y de las obligaciones tributarias frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
g) Hallarse al corriente del reintegro de las subvenciones
h) No incurrir en ninguna de las circunstancias que establece el artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

En el caso de agrupaciones de organizaciones sin personalidad jurídica del apartado 4 del artículo 2, estos, estos requisitos se entenderán para cada una de las entidades que conformen la agrupación.

⭕️ Domiciliación bancaria:

En el supuesto de que la entidad sea nueva perceptora de subvenciones
de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas
o se hayan modificado los datos presentados por la entidad en relación
con anteriores convocatorias y, de acuerdo a la implementación del sistema informático PROPER, por la que se regulan las actuaciones automatizadas de la Intervención de la
Generalitat Valenciana, será obligatorio utilizar el siguiente trámite telemático
para todas las actuaciones de alta, modificación y baja de dichos
datos.

📍Pincha aquí ACCEDER AL TRÁMITE

⭕️ Plazo de presentación

El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles y comenzará al día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. (DOGV nº 9612, 07/06/2023)

⭕️ Más información Convocatoria 2023

📍[ANEXO I] RELACIÓN DE LOS PROGRAMAS 16 A 30 SOLICITADOS. CONVOCATORIA 2023

📍[ANEXO II] MEMORIA EXPLICATIVA DE LA ENTIDAD. CONVOCATORIA 2023

📍[ANEXO III] MEMORIA EXPLICATIVA DEL PROGRAMA EJE 1 AL 15. CONVOCATORIA 2023

📍[ANEXO IV] MEMORIA EXPLICATIVA DEL PROGRAMA EJE 16 – EQUIPAMIENTO. CONVOCATORIA 2023

📍Para consultas sobre la convocatoria se puede contactar a través del correo electrónico irpf@gva.es

📍Detalle de procedimiento

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