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Subvenciones para realización de actividades de carácter formativo, terapéutico y/o rehabilitador y de sensibilización
Podrán ser objeto de subvención las siguientes actividades, ya realizadas o por
realizar, entre el 15 de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020, en la Provincia de Alicante:
Cursos y talleres de carácter terapéutico o rehabilitador dirigidos a las personas afectadas con la finalidad de mejorar su estado psicofísico general y su adaptación a las actividades de la vida diaria.
Actividades dirigidas a la reinserción social del colectivo afectado.
Actuaciones de apoyo dirigidas a los familiares de las personas afectadas.
Cursos y talleres de formación dirigidos a familiares y cuidadores de las personas afectadas, para que puedan procurar una atención más cualificada.
Actividades de sensibilización que favorezcan una mejor percepción y comprensión de la ciudadanía sobre los problemas de los colectivos sociosanitarios o de diversidad funcional y sus causas.
Celebración de efemérides de carácter reivindicativo para los diferentes colectivos sociosanitarios o de diversidad funcional.
Beneficiarios
Podrán solicitar subvención las Asociaciones y demás Entidades privadas sin fin de
lucro, legalmente constituidas, cuya actuación se desenvuelve en el ámbito
sociosanitario, de la diversidad funcional y de bienestar social, para desarrollar
proyectos dirigidos principalmente a las personas asociadas y/o afectadas
(autoayuda), sus familiares y personal de dichas entidades. Asimismo, se podrá
solicitar subvención también para la realización de actividades de sensibilización
dirigidas a la población de los municipios de la provincia de Alicante en los que se
lleven a cabo.
Importe
Se admitirá únicamente una solicitud por Entidad, que podrá contener una o varias
actividades, hasta un máximo de tres. El importe de la subvención solicitada y
concedida no podrá exceder de 6.000 euros por Entidad solicitante.
Presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del BOP Nº 37 – 24/02/2020
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